Los depósitos de acumulación de agua potable que abastecen las instalaciones comunitarias tienen una gran probabilidad de convertirse en focos de proliferación bacteriana.En ellos se van acumulando partículas orgánicas e inorgánicas. Conjugado con temperaturas entre los 20 y 40 ºC, van creando un medio nutritivo para multitud de bacterias y otros microorganismos.Pudiendo originar graves problemas para su salud.Por ello se hace necesario realizar una limpieza de lodos e incrustaciones de las superficies, para posteriormente desinfectarlas de forma efectiva. Se debe realizar esta operación con una periodicidad mínima anual.
Además, esta limpieza y desinfeccion estara certificada con lo que puede dar respuesta a las exigencias expresadas en el Real Decreto 140/2003, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. En la que se detallan las responsabilidades y competencias en el ámbito de este Real Decreto, haciendo varios apuntes:
De ello se deduce que, por un lado, los establecimientos cuyas actividades impliquen el uso o suministro de aguas de consumo humano, deben de poseer mecanismos suficientes para asegurarse de la calidad del agua.
Por otro lado los propietarios de inmuebles individuales o colectivos deben tener en cuenta que si poseen dispositivos o elementos a partir de la acometida que puedan afectar o modificar la calidad de agua suministrada por el municipio o gestor (depósitos generales de agua fría, acumuladores de agua caliente comunitarios, las conducciones, etc.), son responsables de su estado higiénico-sanitario, y deben poder acreditar ante un problema detectado en el grifo del consumidor, que dicha desviación proviene del aporte y no es derivada de un mantenimiento deficitario de la instalación interior.